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Propuesta Modificación a los Principios Operativos de LACRALO

Propuesta Modificación a los Principios Operativos de LACRALO

El presente proyecto consiste en la inclusión de una cláusula dentro del artículo 4 actual de los Principios Operativos.

Version Actual

4.

El órgano de gobierno de la LacRALO será una Asamblea General que estará integrada por dos (2) representantes de cada ALSs acreditada, nombrados y removidos libremente por cada ALS, la cual comunicará a la Secretaria los nombramientos realizados.

Dichas personas se desempeñarán además durante el periodo de su
nombramiento como contactos oficiales de la ALS ante la LACRALO.

La Asamblea General deberá, hasta donde sea posible, operar por
consenso. Cuando no se pueda lograr el consenso, cada ALS acreditada en la Asamblea General tendrá derecho a un voto, y éstos votos decidirán por mayoría simple cualquier asunto que se someta a votación.

En caso de empate, quien presida la reunión, tendrá el voto dirimente.

Texto Sugerido

4.

El órgano de gobierno de la LacRALO será una Asamblea General que estará integrada por dos (2) representantes de cada ALSs acreditada, nombrados y removidos libremente por cada ALS, la cual comunicará a la Secretaria los nombramientos realizados.

Dichas personas se desempeñarán además durante el periodo de su
nombramiento como contactos oficiales de la ALS ante la LACRALO.

La Asamblea General deberá, hasta donde sea posible, operar por
consenso. Cuando no se pueda lograr el consenso, cada ALS acreditada en la Asamblea General tendrá derecho a un voto, y estos votos decidirán por mayoría simple cualquier asunto que se someta a votación.

La Asamblea General elegirá un Presidente, cuya función durará 1 año con posibilidad de ser reelegido. Para el caso de la elección del Presidente de la Asamblea se tendrá en cuenta la participación, liderazgo, compromiso y conocimiento con la Labor de la Asamblea. En caso de empate en las deliberaciones, es quien tendrá el voto dirimente.